Y la salud que ?

Debido a los problemas que a tenido la ciudad en la ultima semana, y sumado a esto el debate suscitado debido a la imposibilidad de el presidente Uribe para acceder una segunda reelección , todo esto hizo olvidar a la opinión publica un debate que aun no se debería terminar : ¿ que pasa con los decretos de emergencia social?.

En un país como el nuestro en el que es pan de cada día que un paciente muera en una sala de urgencias por esperar a que le atiendan sin Eps y donde otros tantos abusos se comenten diario, sumado a esto, el déficit presupuestal que el sector salud padece desde hace mucho años en parte debido a la corrupción que impera en esta instituciones que ya de por si no deben ser rentables si no simplemente eficientes y sostenibles como le escuche a la economista de caracol radio Paola Ochoa.

Así a principios de el año el gobierno decreto el estado de emergencia social para atender la crisis en el sector salud, los primeros decretos hablaban de una recaudación mayor de impuestos sobre productos como el tabaco y el alcohol, medida que fue rechazada por el sector empresarial, pero que en términos generales fue bien recibida por la opinión publica pues esta medida permitía aumentar los ingresos para financiar el sector salud por esta medida no hubo tanto problema.
Dichos decretos son los siguientes:

DECRETO 126 Dicta disposiciones en materia de inspección, vigilancia y control para la lucha contra la corrupción dentro el sistema de salud y establece modificaciones y adiciones al Código Penal, destinadas a establecer sanciones para los responsables.
Se fijan controles específicos a los precios de los medicamentos y los insumos médicos; con ese fin se refuerzan funciones de la Superintendencia Nacional de Salud y de los entes territoriales.
Se enfatiza en la obligatoriedad de atender urgencias sin condiciones de ninguna especie y se anuncian sanciones para todo aquel que ponga en riesgo la vida de los ciudadanos, eluda pagos en el sistema general de seguridad social en salud, incumpla pagos de afiliación o viole cualquier disposición de atención a los usuarios.

DECRETO 127 Se fija un IVA del 14 por ciento sobre las ventas de cervezas nacionales y extranjeras, por un año (hasta diciembre del 2010). Los ingresos que se generen por este aumento se destinarán a financiar los servicios no POS que soliciten los colombianos. A partir del primero de enero del 2011, todo el IVA de cerveza y juegos de azar se destinará al mismo rubro.
A partir del primero de febrero de este año se incrementa el impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco: 650 pesos por cajetilla de 20 unidades para el 2010; para el 2011 serán 700 pesos. En el 2010 el 21 por ciento del recaudo bruto del impuesto al consumo de cigarrillo será para la salud y a partir del primero de enero del 2011 será el 24 por ciento.

Además, del total recaudado por consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, una vez descontado el IVA, los departamentos destinarán el 8 por ciento para la unificación de los planes de salud (POS) de los colombianos. DECRETO 128 Les cambia el nombre a los servicios no POS por el de "prestaciones excepcionales en salud".

DECRETO 129 Controla la evasión y la elusión en las cotizaciones, de empleadores y trabajadores, para lo cual se verificarán ingresos mediante el cruce de todas las bases de datos disponibles.

DECRETO 130 Dicta disposiciones frente a los juegos de suerte y azar. Se da un plazo máximo de un año para cobrar premios ganados. Pasado ese tiempo, todos los recursos por premios no cobrados se destinarán a la unificación de los planes de salud (POS).
Se establecen normas sobre giros directos a los fondos de salud seccionales por parte de los juegos de azar. También se fijan pautas para la comercialización y administración de las loterías y un control específico a la ilegalidad y a la fiscalización de estos juegos. Se definen sanciones y se regula el monopolio rentístico en estas áreas.

Los problemas llegaron tras la reglamentación de los decretos que hablaban de la parte medica, de el POS y de los pacientes en general, pues estos decretos además de no ser discutidos con la asociación científica y la medica de el país, fueron hechas con el fin de favorecer a las EPS (ya que la comisión asesora de el ministro palacio estuvo integrada por dichas entidades) , de esta manera a la hora que se dieron a conocer públicamente dichos decretos empezó un debate nacional en torno a la conveniencia a la sanción por dichos decretos en el marco de la emergencia social.

Aquí están los decreto y sus implicaciones explicadas detalladamente :

DECRETO 131 Se crea el sistema técnico científico en salud, cuya finalidad es la producción de conocimiento para la prestación del servicio público de salud en condiciones estandarizadas. Estará compuesto por los ministerios de la Protección Social, Hacienda, Colciencias y tres profesionales de la investigación en economía en salud.
Esta norma redefine el concepto de Plan Obligatorio de Salud (POS) como el conjunto esencial de servicios para la atención de cualquier condición de salud, definidos de manera precisa con criterios de tipo técnico y con participación ciudadana, a que tiene derecho todo afiliado al sistema de salud en caso de necesitarlo.

Prioriza la prevención de la enfermedad y la atención de baja complejidad en medicina y odontología general. Sólo admitirá el manejo especializado de condiciones de salud cuando se cuente con evidencia científica y evidencia de costoefectividad que lo aconseje.
Con ese propósito se fijarán límites claros, de acuerdo con la capacidad financiera del Estado y la condición socioeconómica de las personas. Se privilegiarán las necesidades colectivas sobre las necesidades individuales.

El POS de los colombianos tendrá un listado 'taxativo' de medicamentos, intervenciones, procedimientos e insumos. Sólo se tendrán referentes basados en evidencia médica. Dicho POS deberá ser actualizado teniendo en cuenta el avance de la ciencia y las condiciones económicas y financieras del país. Será actualizado una vez al año por la Comisión de Regulación en Salud (Cres).
Cuando los médicos se aparten de los estándares definidos en dicho POS, y ocasionen daños al sistema general de seguridad social en salud, incurrirá en faltas que serán sancionadas con multas entre los 10 y los 50 salarios mínimos mensuales.
La norma sostiene que se privilegiará la posibilidad de que la gente adquiera por planes de medicina prepagada para complementar los servicios no POS.
Cualifica los conflictos de intereses entre los médicos y genera pautas para la reforma de la Ley de Ética Médica.

DECRETO 132 Fija pautas para optimizar el flujo de recursos del régimen subsidiado de salud. Crea un patrimonio autónomo para los recursos del régimen subsidiado en salud, que girará directamente a las EPS de las regiones. Los municipios sólo harán seguimiento al aseguramiento de sus afiliados.

DECRETO 133 Fija medidas para mejorar el flujo de recursos entre pagadores y prestadores del servicio de salud.
Se establece que dentro de los 15 días siguientes a la prestación de los servicios, los pagadores cancelen por lo menos el 60 por ciento de su valor.
Las glosas, en caso de reclamaciones, deben hacerse dentro de los 30 días siguientes a la prestación del servicio. Los valores no glosados tienen una fecha límite de pago de 30 días. De no pagarse dentro de los plazos establecidos, deben reconocerse intereses. Podrán pactarse acuerdos por pronto pago.
Sólo se podrán capitar los servicios de baja complejidad; la salud pública (que no podrá capitarse) deberá contratarse bajo un esquema de inducción de la demanda.

La norma dicta medidas para racionalizar los servicios de los hospitales públicos y dispone que las EPS del régimen subsidiado contraten hasta el 60 por ciento del gasto con estas instituciones.
Se dictan también medidas para sanear fiscalmente los hospitales. El Estado los calificará según su riesgo financiero.

DECRETO 134 Se adicionan al presupuesto de rentas y recursos de capital del Presupuesto General de la Nación cerca de 559 mil millones de pesos, con cargo a la cuenta Ecat del Fosyga. Ese dinero irá al Fonprés y al presupuesto de la Cres.

DECRETO 135 Se distribuye hasta el 30 por ciento de los recursos del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco) para programas de prevención, mitigación y superación y desarrollo institucional en el marco de una política nacional de reducción del consumo de sustancias psicoactivas.

Estos decretos entre otras cosas restringe la capacidad de los médicos para medicar, así mismo también prioriza enfermedades de baja complejidad como gripas y otras enfermedades que no requieren una medicación cara , y todo por que a las EPS no les gusta asumir gastos en los medicamentos caros por que los tiene que traer de otros lugares de el mundo , asumir costo de entrega y otros gastos , por eso es que en la mayoría de los casos el paciente se tiene que ver en la obligación de entablar una tutela a su EPS para que esta le preste el servicio adecuadamente , cosa que se vería restringida tras estos decretos , sumado a que los costos tendrían que ser asumidos por el paciente entregando las cesantías que se cotizan por el trabajo , y que están destinadas a estudio o vivienda , algo que para un gobierno ético seria intocable pero que para este gobierno que ya quito muchos privilegios que tenia la clase trabajadora a favor de la clase privilegiada ( reformas a la ley 100 ) , finalmente establece topes en multas para los médicos que se atrevan a recetar un medicamento caro para la EPS prestadora de el servicio , así entonces pretende el señor ministro de la protección social que las personas se curen a punta de dolex y aspirina , además según denuncias de los propios médicos el POS no a sido actualizado adecuadamente y por ejemplo medicamentos como los que se utilizan en tratamientos para el SIDA y el cáncer no aparecen entre los principales (otra razón por la cual se demanda a la EPS sin ser ellos los directamente responsables) tal vez antes de reglamentar esta medida absurda de las multas el ministerio debió sentarse a discutir con la agremiación medica y con la comunidad científica pues este déficit en el POS es culpa enteramente del Estado quien no lo renueva desde el 94.

El día de ayer, mientras estábamos pendientes del paro que nuestra ciudad padece el procurador general de la nación le pidió a la Corte Constitucional que declare inexequible el decreto 4975 de 2009, por medio del cual se declaró el estado de la emergencia social. Además, hizo un nuevo llamado a todos los actores del sistema de salud en Colombia y a la ciudadanía en general, para que sigan adelante en sus reparos frente a los decretos, pues todavía están vigentes plenamente, a pesar de los reversazos públicos que ha hecho el Gobierno sobre algunos temas, lo que ha llevado a que se siga negando la atención a pacientes con enfermedades tan graves como el cáncer, VIH y hepatitis.

El concepto recoge lo dicho por todos los sectores involucrados en el tema, en especial los pacientes y los médicos que son los que se ven mas restringidos con dichas medidas , por eso esta recopilación es para expresar que no debemos olvidar el tema , si bien esta ciudad esta sumida en el caos total por culpa de los trasportadores , y si bien el presidente no se va a poder reelegir , no debemos olvidar este tema que es vital para todos los colombianos ya que se trata de nuestra capacidad para acceder a la salud dignamente y sin que nos roben nuestro dinero y ahorros de toda la vida , a pesar de que el presidente haya salido a explicar muchas veces que tales cosas no pasaran lo cierto es que mientras el debate ocurre , los decretos siguen en todo su rigor y solo la corte constitucional nos dirá que tan inviables son , les adelanto que lo mas probable es que a corte los declare inviables por sus evidentes vicios de tramite , sobre todo en torno a asuntos de redacción y el extraño llamado a la emergencia social, este gobierno tuvo cerca de 8 años para lograr una reforma a la salud que es mas que necesaria , pero debido a que el presidente pensaba mas en su reelección , no le fue posible pensar en lago menos improvisado de lo que estos decretos fueron y este gobierno pasara ala historia por ser el único que tuvo tiempo mas no el propósito de lograr una reforma digna en el sector de la salud , ojala el próximo gobierno logre entender esta problemática , y reúna un concenso en torno las deficiencias que sigue teniendo el sector salud , velar por los pacientes , proteger el trabajo de los médicos y evitar que el sector salud se convierta en el negocio de unos pocos , por lo pronto esperemos el concepto de la corte constitucional en la que confió plenamente

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